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Cómo Presentar tu Declaración RESICO Paso a Paso (2026)

Por Josué Soto·8 de abril de 2026
Revisado por C.P.C. José Gilberto Soto Beltrán · Contador Público Certificado

El día 17 de cada mes, miles de contribuyentes RESICO entran al portal del SAT y ven cifras que no reconocen. La mayoría acepta el prellenado sin verificar, le da "Enviar", y termina pagando de más o declarando de menos.

Esta guía cubre el proceso completo para personas físicas en RESICO: desde el login hasta el acuse de recibo. Cada paso incluye las trampas reales del sistema y cómo evitarlas.

Lo que necesitas antes de empezar

No entres al portal sin estos tres elementos listos. ResicoCalc calcula los montos exactos de ISR e IVA que necesitas capturar en el portal del SAT, validado por Contador Público Certificado.

Calcula tu declaración RESICO →

| Requisito | Para qué lo necesitas | Dónde obtenerlo | |---|---|---| | RFC + Contraseña (CIEC) o e.firma (.cer + .key) | Autenticarte en el portal del SAT | sat.gob.mx > Trámites del RFC | | XMLs del mes conciliados | Verificar que el prellenado sea correcto | Guía para descargar XMLs | | Estado de cuenta bancario | Cruzar ingresos reales vs. facturados | Tu banco o app bancaria |

Requisito adicional obligatorio: tu Buzón Tributario debe estar habilitado con correo y celular confirmados. Si no lo has activado, el portal bloqueará el envío. La multa por omisión: $3,850 a $11,540 MXN (Art. 86-D del CFF).

En la práctica, lo que más vemos es gente que llega al último paso y descubre que su Buzón está sin confirmar. Necesitas tu e.firma a la mano para reactivarlo.

Paso 1: Accede al portal de declaraciones

Entra a sat.gob.mx y navega a Declaraciones > Provisionales o definitivas. El SAT te pedirá tu RFC y tu método de autenticación.

La contraseña (CIEC) funciona para declaraciones normales. La e.firma es necesaria para complementarias o si tu contraseña está vencida. El portal unifica ISR e IVA en un solo formulario dinámico.

Dato técnico: el portal colapsa los días 15 al 17 de cada mes por volumen de declaraciones. La ventana óptima es entre las 4:00 y 7:00 a.m.

Paso 2: Selecciona el periodo y la obligación

El sistema te pide tres datos: ejercicio fiscal (2026), periodo (el mes a declarar), y tipo de declaración (Normal o Complementaria). El formulario carga automáticamente tus obligaciones: ISR Simplificado de Confianza e IVA.

Paso 3: Revisa el prellenado del ISR (no lo aceptes ciego)

El SAT precarga tus ingresos a partir de los CFDI emitidos durante el mes. El algoritmo suma dos cosas:

  • Facturas PUE (Pago en Una Exhibición): las cuenta como ingreso del mes de emisión
  • Complementos de pago (REP): los cuenta como ingreso del mes indicado en el campo FechaPago

El prellenado no consulta tu cuenta bancaria. Si emitiste una factura PUE pero el cliente no te pagó, el SAT ya la contabilizó como ingreso. Este error es el más frecuente y costoso en RESICO.

Acción obligatoria: abre el Visor de Facturas (sat.gob.mx > Factura electrónica > Verificación y consulta) y cruza los CFDI contra tu estado de cuenta. Si hay discrepancia, corrígela antes de enviar.

| Situación | Qué hacer en la declaración | |---|---| | Prellenado muestra más ingresos de los cobrados | Verifica si tienes facturas PUE no cobradas. Convierte a PPD o cancela y reemite | | Prellenado muestra menos ingresos de los cobrados | Usa el botón "Ingresos adicionales" > "Agregar" > captura en "Ingresos no considerados en el prellenado" | | Retención ISR del 1.25% no aparece | Ve a la sección ISR retenido > "Ver detalle" > agrega el monto de la constancia de retención |

La tasa de ISR se aplica sobre ingresos brutos cobrados (sin IVA), según el Art. 113-E de la LISR: ingreso del mes por la tasa correspondiente a tu tramo.

Paso 4: Revisa el prellenado del IVA

A diferencia del ISR (porcentaje plano sobre ingresos), el IVA conserva su mecánica completa. El formulario te pide tres componentes:

  • IVA trasladado cobrado: el 16% que cobraste a tus clientes
  • IVA acreditable pagado: el 16% que pagaste en compras y gastos, respaldado por CFDI recibidos
  • IVA retenido: si facturaste a personas morales, retienen 2/3 del IVA trasladado (10.6667% del subtotal)

La fórmula: IVA a cargo = IVA trasladado cobrado - IVA acreditable - IVA retenido

Lo que más falla aquí: el prellenado del IVA acreditable depende de que tus proveedores hayan timbrado correctamente. Si un CFDI recibido aparece cancelado o con errores, el SAT no permite acreditar ese IVA. Revisa "Facturas Recibidas" en el Visor antes de aceptar.

Paso 5: Confirma los totales y genera la línea de captura

El formulario muestra un resumen:

| Concepto | Cómo se calcula | |---|---| | ISR a pagar | (Ingresos cobrados x tasa del Art. 113-E) - ISR retenido por personas morales | | IVA a cargo | IVA trasladado cobrado - IVA acreditable - IVA retenido | | Total a pagar | ISR + IVA (si es positivo) |

Si todo cuadra con tu conciliación bancaria, haz clic en "Enviar declaración".

El sistema genera una línea de captura con el monto y una fecha límite de pago: el día 17 del mes siguiente al periodo declarado (Art. 113-F de la LISR). Si cae en día inhábil, se recorre al siguiente hábil.

Paso 6: Paga y descarga tu acuse

Paga con tu portal bancario en línea (opción "pago de impuestos federales") o en ventanilla con la línea de captura impresa. Paga el monto exacto, centavo por centavo. Si pagas de más o de menos, el sistema no reconcilia.

El portal genera tu acuse de recibo con cadena original y sello digital. Descárgalo. Es tu comprobante legal de cumplimiento. Sin ese PDF, no tienes prueba de que declaraste a tiempo.

Consecuencia de no declarar

Omitir tres o más declaraciones mensuales (consecutivas o no) detona la expulsión automática del RESICO, según el Art. 113-G de la LISR. El SAT te reclasifica sin previo aviso a un régimen con tasas de hasta 35%. No hay retorno.

Un contribuyente con $80,000 de ingresos mensuales paga $1,200 de ISR en RESICO. Fuera del régimen, ese mismo ingreso genera más de $10,000 mensuales.

Resumen: 6 pasos, menos de 30 minutos

| Paso | Acción | Tiempo | |---|---|---| | 1 | Login en sat.gob.mx > Declaraciones > Provisionales | 2 min | | 2 | Seleccionar ejercicio, periodo y tipo | 1 min | | 3 | Revisar y corregir prellenado ISR | 5-15 min | | 4 | Revisar y corregir prellenado IVA | 5-15 min | | 5 | Confirmar totales y enviar | 2 min | | 6 | Pagar y guardar acuse | 5 min |

Esos tiempos asumen XMLs conciliados previamente. Sin conciliación, cada error del prellenado cuesta horas y pesos.

Calcula tu ISR e IVA antes de entrar al portal

La forma más segura de declarar es llegar al portal sabiendo exactamente cuánto debes. Si entras sin ese número, dependes del prellenado y de que tus facturas estén perfectas.

Nuestra calculadora RESICO lee tus XMLs directamente, separa PUE de PPD, identifica retenciones, y aplica la tasa correcta del Art. 113-E. Sin sorpresas al abrir el formulario del SAT.

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