Fórmula del ISR en RESICO 2026 — Paso a paso
✓Revisado por C.P.C. José Gilberto Soto Beltrán · Contador Público CertificadoLa fórmula del ISR en RESICO cabe en una línea. Una multiplicación y una resta. Y aun así, la mayoría de los contribuyentes la aplican mal — porque asumen que funciona igual que el Régimen General.
No funciona igual. En RESICO la tasa es plana, no marginal. Esa diferencia de cuatro palabras puede significar miles de pesos de más o de menos en tu declaración. Aquí está la fórmula completa, paso a paso, con los números reales de 2026.
La fórmula en 5 pasos (Art. 113-E LISR)
Paso 1: Suma tu ingreso efectivamente cobrado
No es lo que facturaste. Es lo que te pagaron. Si emitiste una factura PUE en marzo y el cliente depositó en marzo, cuenta. Si emitiste una factura PPD y el dinero llegó en abril, cuenta en abril, no en marzo.
Lo que sumas: el subtotal (antes de IVA) de todos los CFDI de tipo "Ingreso" que fueron liquidados en el mes.
Paso 2: Ubica tu tramo en la tabla
Con tu ingreso total cobrado, búscalo en esta tabla:
| Ingreso mensual cobrado | Tasa ISR | |---|---| | Hasta $25,000.00 | 1.00% | | Hasta $50,000.00 | 1.10% | | Hasta $83,333.33 | 1.50% | | Hasta $208,333.33 | 2.00% | | Hasta $291,666.67 | 2.50% |
Estas tasas vienen del Art. 113-E de la Ley del ISR y se mantienen sin cambios para 2026. Puedes ver la tabla completa con todos los detalles aquí.
Paso 3: Multiplica la tasa por TODO el ingreso
Aquí está el punto crítico. La tasa se aplica sobre la totalidad del ingreso, no solo sobre el excedente del tramo anterior.
ISR determinado = Ingreso cobrado x Tasa del tramo
Si cobraste $30,000, la tasa es 1.10% y se aplica sobre los $30,000 completos. No pagas 1.00% por los primeros $25,000 y 1.10% por los $5,000 restantes. Eso sería una tarifa marginal — y RESICO no es marginal.
Paso 4: Resta las retenciones de personas morales
Si le facturas a una empresa (persona moral), esa empresa te retiene el 1.25% de ISR sobre el monto de la operación (Art. 113-J LISR). Ese dinero ya fue pagado al SAT por ti. Se resta del ISR que calculaste.
Paso 5: Resultado final
ISR a pagar = ISR determinado − Retenciones de ISR
Si el resultado es negativo, tu ISR a pagar queda en $0 en la declaración mensual. El excedente se acumula y se reconcilia en tu declaración anual. No te genera saldo a favor exigible cada mes — se arrastra al cierre del ejercicio.
La fórmula en acción: 3 ejemplos
Supongamos que la mitad de tu facturación es a personas morales (con retención) y la otra mitad a personas físicas (sin retención).
Ejemplo: $25,000 mensuales
| Paso | Concepto | Cálculo | Resultado | |---|---|---|---| | 1 | Ingreso cobrado | | $25,000.00 | | 2 | Tasa (hasta $25,000) | | 1.00% | | 3 | ISR determinado | $25,000 × 1.00% | $250.00 | | 4 | Retención ISR (sobre $12,500 a PM) | $12,500 × 1.25% | −$156.25 | | 5 | ISR a pagar | $250.00 − $156.25 | $93.75 |
Ejemplo: $80,000 mensuales
| Paso | Concepto | Cálculo | Resultado | |---|---|---|---| | 1 | Ingreso cobrado | | $80,000.00 | | 2 | Tasa (hasta $83,333.33) | | 1.50% | | 3 | ISR determinado | $80,000 × 1.50% | $1,200.00 | | 4 | Retención ISR (sobre $40,000 a PM) | $40,000 × 1.25% | −$500.00 | | 5 | ISR a pagar | $1,200.00 − $500.00 | $700.00 |
Ejemplo: $200,000 mensuales
| Paso | Concepto | Cálculo | Resultado | |---|---|---|---| | 1 | Ingreso cobrado | | $200,000.00 | | 2 | Tasa (hasta $208,333.33) | | 2.00% | | 3 | ISR determinado | $200,000 × 2.00% | $4,000.00 | | 4 | Retención ISR (sobre $100,000 a PM) | $100,000 × 1.25% | −$1,250.00 | | 5 | ISR a pagar | $4,000.00 − $1,250.00 | $2,750.00 |
En la práctica, lo que más vemos es gente que confunde el paso 3 — aplican la tasa solo sobre el excedente del tramo, como si fuera Régimen General. Si haces eso, estás pagando de menos y el SAT va a requerir la diferencia.
Por qué NO es lo mismo que el Régimen General
¿Te suena "límite inferior", "excedente", "cuota fija"? Esos conceptos existen en el Régimen General, no en RESICO. Pero muchos contribuyentes — e incluso algunos contadores — mezclan los dos sistemas. La diferencia es estructural:
| Concepto | RESICO | Régimen General | |---|---|---| | Base de cálculo | Ingreso bruto cobrado | Utilidad fiscal (ingresos − deducciones) | | Tipo de tasa | Plana (sobre todo el ingreso) | Marginal (progresiva por tramos) | | Deducciones para ISR | No aplican | Sí aplican | | Tasa máxima | 2.50% | 35% | | Fórmula | Ingreso × tasa | (Excedente × %) + cuota fija |
¿El resultado? Un consultor que cobra $100,000 mensuales sin deducciones paga $2,000 de ISR en RESICO. En Régimen General, ese mismo ingreso genera más de $20,000 de impuesto. La diferencia es de más del 90%.
Pero esta simplificación tiene un costo oculto: no puedes deducir gastos para bajar el ISR. Tus gastos solo sirven para el IVA, no para reducir la base del ISR.
El acantilado tarifario: el defecto que nadie te explica
¿Qué pasa si cobras $25,000.01 en lugar de $25,000.00? La tasa salta de 1.00% a 1.10% — y se aplica sobre todo el ingreso. Ese centavo te cuesta $25 pesos extra de impuesto.
| Frontera | Ingreso | ISR antes | ISR después | Costo de $0.01 extra | |---|---|---|---|---| | $25,000 → $25,000.01 | Primer tramo → segundo | $250.00 | $275.00 | +$25.00 | | $50,000 → $50,000.01 | Segundo → tercero | $550.00 | $750.00 | +$200.00 | | $83,333.33 → $83,333.34 | Tercero → cuarto | $1,250.00 | $1,666.67 | +$416.67 | | $208,333.33 → $208,333.34 | Cuarto → quinto | $4,166.67 | $5,208.33 | +$1,041.67 |
En casos así, un centavo de más puede costarte más de mil pesos. Esto no es un error del SAT — es el diseño de la tasa plana escalonada. La herramienta de defensa es controlar cuándo cobras: si estás a $100 pesos de un salto de tramo, difiere el cobro al mes siguiente usando PPD en lugar de PUE.
3 errores frecuentes al aplicar la fórmula
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Calcular sobre lo facturado, no sobre lo cobrado. El Art. 113-E LISR grava el ingreso efectivamente cobrado. Si emitiste $150,000 en facturas pero solo te pagaron $90,000, tu base es $90,000. Declarar los $150,000 es pagar impuesto con dinero que no tienes.
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No restar las retenciones. Si facturas a personas morales y no acreditas la retención del 1.25%, estás pagando doble. Verifica que tu prellenado del SAT incluya las retenciones correctas antes de enviar.
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Aplicar la tasa marginal en lugar de la plana. Repetimos porque es el error más común: la tasa se aplica sobre el ingreso total, no sobre el excedente. Si un software o un contador te calcula ISR con "límite inferior" y "cuota fija", está usando la fórmula equivocada.
Calcula tu ISR con la fórmula correcta
Los 5 pasos de la fórmula ISR RESICO son mecánicos — pero los detalles importan. El tramo correcto, las retenciones exactas, el efecto del acantilado tarifario. Nuestra calculadora RESICO aplica esta fórmula al centavo: metes tu ingreso cobrado, separas lo que es a persona moral y lo que es a persona física, y obtienes tu ISR e IVA listos para declarar.
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